Donde obtener El Modelo De Solicitud de IP

¿Cómo Rellenar El Modelo?

Dónde Presentar El Modelo Una Vez Relleno

Requisitos Para Acceder A Una Incapacidad

Lesiones Permanentes No Invalidantes.

Grados De La Incapacidad Permanente.

Qué Ocurre Después De Solicitar La Ip.

Cuándo Debo Visitar A Un Abogado.

 

En este post vamos a explicar cómo solicitar una incapacidad permanente, si bien, para quien esté interesado en saber más señalamos otra serie de cuestiones que están íntimamente relacionadas con la incapacidad permanente y pinchando en los títulos antes consignados, podrá conocer más de dichos extremos.

OBTENER EL MODELO DE SOLICITUD

Si vd. lleva un periodo largo de baja por incapacidad temporal es posible que la inspección médica o la mutua de accidentes de trabajo le proponga para una incapacidad permanente. Si esto no ocurre y entiende que está incurso en esa situación puede solicitar la usted mismo.

Para ello debe presentar un impreso especial de solicitud que puede descargarlo pinchando en los siguientes enlaces:

¿CÓMO RELLENAR EL MODELO?

A la hora de rellenar el modelo debe tener a mano su documento nacional de identidad y de su esposa/o, así como de los hijos mayores, tarjeta de la seguridad social, declaración de la renta de ambos, salvo que fuera conjunta, incluso el libro de familia y documentación bancaria.

Debe rellenar sus datos personales y laborales; en cuanto a éstos es muy importante que detalle bien las tareas que realizaba en su trabajo, sobre todo las que crea que por su enfermedad ya no va a poder realizar.

Después debe continuar indicando sus datos familiares, convivientes, ingresos de la unidad familiar, etc.

En general no es dificultoso aunque sí algo farragoso por la cantidad de datos que requiere y lo largo que a veces se hace.

Puede rellenarlo online, si bien le recomendamos que descargue el fichero y lo rellene una vez descargado, pues si lo desea puede parar y guardar los cambios, lo que le facilitará la tarea si le faltase algún dato del que no disponga en ese momento

DÓNDE PRESENTAR EL MODELO UNA VEZ RELLENO

Desde inicios de 2020 y sobre todo desde la adopción de medidas de administración telemática derivadas del COVID-19, es necesaria la presentación telemática de la solicitud de IP.

No es tarea fácil pues su PC tiene que tener instalado JAVA, en la versión correspondiente, autofirma del Estado, y así incluso en ocasiones falla por alguna incompatibilidad del navegador, etc. En cualquier caso, puede ver los requisitos técnicos AQUÍ.

También es necesario que disponga de certificado digital, Cl@ve o estar registrado en la Seguridad Social. Si dispone de DNI con chip, puede ir a comisaría y renovar el certificado y usar un simple lector de tarjeta que le permitirá hacer uso de su certificado digital y salvar el trámite.

Puede acceder al registro online pinchando AQUÍ.

Recuerde tener escaneados los documentos médicos que desee aportar sobre su enfermedad y que crea son los que justifican su situación de incapacidad permanente.

Además de la solicitud puede dirigir algún escrito complementario en el que explique su situación médica y por qué debe concedérsele la invalidez.

Requisitos para acceder a una incapacidad

Para poder acceder a solicitar una incapacidad permanente es necesario que después de un largo periodo de incapacidad temporal y tras seguir los tratamientos médicos, incluidas las intervenciones quirúrgicas recomendadas, resten secuelas permanentes que limiten la capacidad laboral.

Es necesario estar en situación de alta laboral, es decir, contratado laboralmente, o de alta de autónomo, o en situación asimilada al alta, que por resumir mucho, pues hay muchos casos de asimilación al alta, principalmente son: estar percibiendo prestación por desempleo, estar en situación de excedencia forzosa o por cuidado de hijos, estar el trabajador prestando servicios en el extranjero o tener firmado un convenio especial con la seguridad social, entre otras más.

Lesiones permanentes no invalidantes

Si tras haber sufrido un accidente o tener una enfermedad le restan secuelas que le limitan su capacidad laboral menos de un 25% de la capacidad teórica previa, puede optar a la declaración de estar afecto a Lesiones permanente no invalidantes.

Estas lesiones no invalidantes son las habituales tras un accidente de trabajo por el que se pierde algún miembro no esencial, por ejemplo un dedo, y el accidentado al final puede continuar trabajando, aunque algo mermado en su capacidad, pero no lo suficiente como para incapacitarlo permanentemente.

Estas lesiones se indemnizan conforme a un baremo en un pago único.

Grados de la incapacidad permanente.

  • Parcial

    Es cuando las dolencias que sufre causan una disminución de la capacidad laboral no inferior al 33% en el rendimiento para dicha profesión, si bien el trabajador continúa teniendo capacidad suficiente para continuar ejerciendo su puesto de trabajo.Son las causas típicas de la pérdida de un miembro, que limita para realizar el trabajo pero no lo impide, o una pérdida de visión grave o de audición, salvo que sea fundamental para la realización del trabajo.

En el supuesto de ser concedida la IP Parcial se abona una indemnización a tanto alzado en pago único de veinticuatro mensualidades de la base reguladora.

  • Total para la profesión habitual

    Si está afecto a una IP total cuando el trabajador está inhabilitado para realizar su profesión habitual pero no otra distinta. Es la típica que afecta generalmente a oficios de gran carga física y el trabajador sufre alguna dolencia que le impide realizar esfuerzos o subir escaleras, a andamios, agacharse, etc.

Se percibe una pensión mensual del 55% de la base reguladora, con un complemento del 20% cuando el trabajador tiene 55 o más años de edad.

  • Absoluta para todo trabajo

    Es aquella dolencia que inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio.

Se percibe una pensión del 100% de la base reguladora y además, por ahora, está exenta de IRPF.

  • Gran invalidez

    Se encuentra en esta situación los trabajadores incapacitados que necesitan la ayuda de terceras personas para realizar las actividades de la vida diaria, como asearse, vestirse, cocinar, comer, etc. Se percibe una pensión mensual del 100% de la base reguladora más un complemento que, redondeando, es del 50%.

Qué ocurre después de solicitar la IP

Solicitada la IP recibirá en su casa una citación para ser reconocido por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) dependiente de la Dirección Provincial del INSS de su domicilio.

No crea que va a ser examinado por un tribunal médico, lo habitual es ser reconocido por un médico evaluador que emite un informe médico (llamado de síntesis) y lo presenta al EVI, que emite un dictamen propuesta por el que suele regirse la dirección provincial del INSS para dictar resolución en la que se reconocerá su IP, así como su grado, o determinará que no está afecto a incapacidad laboral alguna.

¿Qué hacer si no está de acuerdo con la resolución?

Es posible que la resolución no le declare afecto a ningún grado de incapacidad o bien le conceda un grado inferior al que vd. cree que está afecto. En ese caso la propia resolución le concede un plazo de 30 días hábiles para presentar reclamación previa a la vía laboral, y si ésta es desestimada, debe interponer demanda ante los Juzgados de lo Social, que revisarán la resolución y determinarán si está o no afecto a IP.

Cuándo debo visitar a un abogado

Desde nuestra opinión la visita al abogado debe ser desde un inicio del proceso, que no es cuando se va a solicitar la incapacidad permanente, sino cuando se cree que no le va a quedar más remedio que solicitarla, es decir, cuando vea que no llega la recuperación y que la enfermedad o las secuelas son irreversibles y en esa situación ya no va a poder trabajar en su profesión habitual o en nada.

El porqué es sencillo. Los especialistas médicos que tratan a los enfermos se centran en sus dolencias, en diagnosticar, tratar, etc. Y en general los informes médicos no sirven para una incapacidad y la labor del abogado es fundamental para obtener la información médica que después va a ser necesaria para el procedimiento de incapacidad.

¿Necesita asesoramiento para solicitar una incapacidad? Póngase en contacto con nuestro despacho